Auto Supremo AS/1020/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1020/2015

Fecha: 16-Nov-2015

Por dichos motivos, concluiremos indicando que las denuncias y agravios traídos a consideración resultan infundadas,

Por dichos motivos, concluiremos indicando que las denuncias y agravios traídos a consideración resultan infundadas, el Juez A quo mediante Sentencia y el Tribunal Ad quem con la emisión del Auto de Vista, no vulneraron derecho alguno de la parte recurrente, conforme se tiene expuesto en obrados, los de instancia determinaron lo que en derecho correspondía, en ese entendido incumbe fallar en sujeción a lo determinado por los arts. 271 inc. 2) y 273 del Código Adjetivo Civil