Distrito: Cochabamba
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1040/2015 - L
Sucre: 16 de noviembre 2015
Expediente: CB-112-11-S
Partes: Felipe Montaño Solíz. c/ Ricardo Julio Jorge Soruco Quiroga y Rose
Marie Deiters.
Proceso: Anulabilidad de contrato de compraventa.
Distrito: Cochabamba
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1040/2015 - L
Sucre: 16 de noviembre 2015
Expediente: CB-112-11-S
Partes: Felipe Montaño Solíz. c/ Ricardo Julio Jorge Soruco Quiroga y Rose
Marie Deiters.
Proceso: Anulabilidad de contrato de compraventa.
Distrito: Cochabamba
- Distrito: Cochabamba
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Haciendo referencia a lo dispuesto por el art
- 3
- 4
- En atención al recurso de casación en el fondo opuesto y la naturaleza de la
- Es así que, cuando se plantea recurso de casación en el fondo lo que se
- En estas referencias sustanciales se sostiene la profusa línea jurisprudencial asumida por la extinta Corte
- En ese margen de análisis, concluiremos que el recurso de casación en el fondo opuesto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario del abogado patrocinante de los demandados en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
