Auto Supremo AS/1052/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1052/2015

Fecha: 16-Nov-2015

De la doctrina anotada de manera general se puede advertir que si bien en la


De la doctrina anotada de manera general se puede advertir que si bien en la traditio brevi manu, el detentador muta o transforma su calidad de detentador a la de poseedor en la teoría de la constituto Possessorio, el poseedor por la consecuencia de un acto de transmisión del derecho propietario cambia su calidad a la de tolerado, esto como emergencia de un acto de tolerancia del nuevo propietario, si bien la doctrina orienta la viabilidad de la misma en sentido que estos casos se da como emergencia de una compra-venta y por un acto de tolerancia, empero este criterio también resulta aplicable a los casos de una venta judicial siendo esta última una venta perfecta, ya que, al igual que en una compra-venta entre particulares el bien subastado deja de pertenecer al ejecutado y pasa a formar parte del patrimonio del comprador teniendo esta última aun mayor eficacia así lo ha determinado la SC 2005/2012 de fecha 12 de octubre de 2012 :” la venta judicial queda perfeccionada con la aprobación del remate; ello tiene como efecto que el bien subastado deja de pertenecer al ejecutado, para pasar a formar parte del patrimonio del comprador o adjudicatario en el momento de la aprobación del remate”, entendimiento que también fue adoptado por la SCP 0604/2012 de 20 de julio.…”