En el fondo
CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En el fondo:
Indica que el Auto de Vista violenta las normas del debido proceso porque no entran al fondo del recurso de apelación planteado contra la Resolución de declaración de improbado el incidente de nulidad de notificación presentado por los Srs. Rocha Carrazana, remitido en efecto devolutivo por el Juez de la causa y resuelven por anular obrados sin aperturar su competencia.
Asimismo, señala que el Auto de Vista violenta el art. 241 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, debieron haber resuelto el recurso planteado sea declarando probado o improbado pero contrariamente resuelven sin aperturar su competencia anular obrados, radicando la contradicción en el hecho que señalan que no se abre la competencia del Tribunal de Apelación, correspondiendo mas bien optar por el saneamiento procesal
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En el fondo:
Indica que el Auto de Vista violenta las normas del debido proceso porque no entran al fondo del recurso de apelación planteado contra la Resolución de declaración de improbado el incidente de nulidad de notificación presentado por los Srs. Rocha Carrazana, remitido en efecto devolutivo por el Juez de la causa y resuelven por anular obrados sin aperturar su competencia.
Asimismo, señala que el Auto de Vista violenta el art. 241 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, debieron haber resuelto el recurso planteado sea declarando probado o improbado pero contrariamente resuelven sin aperturar su competencia anular obrados, radicando la contradicción en el hecho que señalan que no se abre la competencia del Tribunal de Apelación, correspondiendo mas bien optar por el saneamiento procesal
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