Auto Supremo AS/1068/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1068/2015

Fecha: 17-Nov-2015

CONSIDERANDO III:

4.-Aduce que el Auto de Vista vulnera los derechos de su hija al nombre, a la identidad, derecho de la personalidad que le son inherentes al ser humano establecidos en el art. 21 del Código Civil en relación al derecho al nombre propio o individual y el apellido paterno, modificaciones que solo resultan admisibles en aplicación del art. 9 con relación art. 1527.I, II y 1534 ambos del CC.
FONDO
Expresa que se demandó la exclusión de la paternidad no biológica del demandado, puesto que al no ser padre biológica de MRE no podía registrarse como padre, ya que anteriormente contaba con certifica de nacimiento llevando su apellido, extremo que no pudo ser procedente y no fue debidamente analizado.
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
EN LA FORMA.-
Como primera agravio, el recurrente alude que no se tomó en cuenta la presunción judicial que hace valer en segunda instancia, ya que, una vez radica la causa en esa segunda instancia solicitó la producción de prueba científica genética para establecer que es el progenitor de la menor MREM, audiencia a la cual no asistieron los demandados, presunción judicial que no habría sido valorada y desestimada sin fundamento legal, máxime si el Tribunal de apelación tomando únicamente en cuenta los informes bio-psico social confirmó la Sentencia