Auto Supremo AS/0395/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2015

Fecha: 03-Dic-2015

En ese marco establecido sobre las características de la relación laboral; cabe señalar que, en

En ese marco establecido sobre las características de la relación laboral; cabe señalar que, en el caso de análisis, de los antecedentes del proceso, las pruebas aportadas por las partes, la particularidad del caso, se tiene que la demandante Patricia Arancibia Angulo, fue contratada de manera verbal para prestar servicios profesionales de Asesoría Legal al Banco Nacional de Bolivia Regional Bermejo, desde el 01 de enero de 1985 hasta el 30 de abril de 2010, en forma constante, asistiendo al banco de acuerdo a los requerimientos faccionando minutas y elaborando contratos, asesorando en temas que requería el Banco, siendo la única profesional Abogada que asistía al Banco, percibiendo por sus servicios un pago mensual de Bs.1.600.-, cancelados de manera fraccionada en Bs.800.- por facción de minutas de crédito hipotecario y Bs.800.- por asesoramiento de todo el requerimiento jurídico que exigía el Banco, previa la emisión de facturas mensuales, permaneciendo en esa función por 25 años y 01 mes, conforme se tiene por la demanda y la confesión de la actora de fs. 171 y por la del representante legal del Banco de fs. 174 a 175