c) Argumenta que sobre la denuncia referida a la valoración defectuosa de la
c) Argumenta que sobre la denuncia referida a la valoración defectuosa de la prueba, respecto a los residuos químicos obtenidos por el guantelete, chamarra y el guante; pruebas que acreditan la presencia de Marcelino Huanca en el lugar de los hecho; las contradicciones en sus atestaciones del único testigo menor de edad, Carlos Mancilla y otros expuestos en la apelación; reclamo sobre el que Tribunal de alzada señaló, la imposibilidad de revalorización de la prueba, cuestionamientos que son incorrectos y no concurren los defectos denunciados; resolución carente de fundamentación, porque tan solo se realizó la descripción de las pruebas producidas en juicio. En este punto invoca en calidad de precedentes los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005, 448 de 12 de septiembre de 2007, 084 de 18 de marzo de 2008; 97 de 1 de abril de 2005, 369 de 05 de abril de 2007 y 233 de 4 de julio de 2006
- Por memoriales presentados el 30 de septiembre de 2015, Marcelino Alejandro Huanca Argandoña (fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la Sentencia emitida, Emiliana Mamani Vda
- c) Por Auto de 15 de Septiembre de 2015 (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- a) El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada al emitir el Auto de
- b) Refiere errónea aplicación de la ley sustantiva, toda vez que no se
- c) Argumenta que sobre la denuncia referida a la valoración defectuosa de la
- II.2.Recurso de Casación interpuesto por Emilio Anacleto Choque Aguilar
- a) El recurrente denuncia la vulneración al debido proceso y a la presunción de
- b) Argumenta que el Tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación declarándolo improcedente,
- c) Señala el recurrente que el Auto de Vista es contradictorio, incompleto e incongruente,
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes fueron notificados el 23 de
- IV.1. Recurso de Casación de Marcelino Alejandro Huanca Argandoña
- Respecto al primer motivo, inicialmente es menester destacar que el recurrente en casi toda la
- Asimismo, se verifica en el contenido del recurso sujeto análisis, ausencia de argumentación que permita
- IV.2. Recurso de Casación de Emilio Anacleto Choque Aguilar
- Como primer motivo, el recurrente denuncia la vulneración al debido proceso y presunción de inocencia
- Referente al segundo motivo, argumenta que el Tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación
- En el tercer motivo, se evidencia que el recurrente plantea cuestionamientos genéricos relativos a falta
- En consecuencia, se establece que los recursos de casación deducidos, no cumplen con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
