Por memoriales presentados el 30 de septiembre de 2015, Marcelino Alejandro Huanca Argandoña (fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 746/2015-RA
Sucre, 02 de diciembre de 2015
Expediente: La Paz 153/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Valentín Huanca Argandoña y otros
Delitos: Asesinato y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 30 de septiembre de 2015, Marcelino Alejandro Huanca Argandoña (fs. 5207 a 5220 vta.) y Emilio Anacleto Choque Aguilar (fs. 5241 a 5245 vta.), interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 52/2015 de 29 de julio (fs. 5176 a 5180) y su Auto Complementario (fs. 5187), pronunciados por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Emiliana Mamani Vda. de Silva, Willy Cristóbal Silva Mamani y Roberto Silva Choque contra Valentín Huanca Argandoña, Constancio Lino Sayco Pajsi y los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato, Complicidad y Encubrimiento, previstos y sancionados por los arts. 252 inc. 3), 23 y 171 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 746/2015-RA
Sucre, 02 de diciembre de 2015
Expediente: La Paz 153/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Valentín Huanca Argandoña y otros
Delitos: Asesinato y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 30 de septiembre de 2015, Marcelino Alejandro Huanca Argandoña (fs. 5207 a 5220 vta.) y Emilio Anacleto Choque Aguilar (fs. 5241 a 5245 vta.), interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 52/2015 de 29 de julio (fs. 5176 a 5180) y su Auto Complementario (fs. 5187), pronunciados por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Emiliana Mamani Vda. de Silva, Willy Cristóbal Silva Mamani y Roberto Silva Choque contra Valentín Huanca Argandoña, Constancio Lino Sayco Pajsi y los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato, Complicidad y Encubrimiento, previstos y sancionados por los arts. 252 inc. 3), 23 y 171 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memoriales presentados el 30 de septiembre de 2015, Marcelino Alejandro Huanca Argandoña (fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la Sentencia emitida, Emiliana Mamani Vda
- c) Por Auto de 15 de Septiembre de 2015 (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- a) El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada al emitir el Auto de
- b) Refiere errónea aplicación de la ley sustantiva, toda vez que no se
- c) Argumenta que sobre la denuncia referida a la valoración defectuosa de la
- II.2.Recurso de Casación interpuesto por Emilio Anacleto Choque Aguilar
- a) El recurrente denuncia la vulneración al debido proceso y a la presunción de
- b) Argumenta que el Tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación declarándolo improcedente,
- c) Señala el recurrente que el Auto de Vista es contradictorio, incompleto e incongruente,
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes fueron notificados el 23 de
- IV.1. Recurso de Casación de Marcelino Alejandro Huanca Argandoña
- Respecto al primer motivo, inicialmente es menester destacar que el recurrente en casi toda la
- Asimismo, se verifica en el contenido del recurso sujeto análisis, ausencia de argumentación que permita
- IV.2. Recurso de Casación de Emilio Anacleto Choque Aguilar
- Como primer motivo, el recurrente denuncia la vulneración al debido proceso y presunción de inocencia
- Referente al segundo motivo, argumenta que el Tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación
- En el tercer motivo, se evidencia que el recurrente plantea cuestionamientos genéricos relativos a falta
- En consecuencia, se establece que los recursos de casación deducidos, no cumplen con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
