Por memoriales presentados el 9 y 11 de septiembre de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 747/2015-RA
Sucre, 02 de diciembre de 2015
Expediente: La Paz 154/2015
Parte Acusadora : José Carlos Zariza Carpio y otra
Parte Imputada: Gregorio Quispe Huayhua y otros
Delitos : Despojo y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 9 y 11 de septiembre de 2015, cursante de fs. 1066 a 1074 vta., y fs. 1101 a 1106, José Carlos Zariza Carpio; y, Teresa Jesús Tórrez Tórrez, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 40/2015 de 17 de junio, de fs. 1029 a 1032, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes contra Gregorio Quispe Huayhua, Gregoria Mayta Poma, Clemente Mayta, Ilda Poma Pujro y Bernardo Cuentas Fernández, por la presunta comisión de los delitos de Despojo, Perturbación de Posesión y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 351, 353 y 357, todos del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 747/2015-RA
Sucre, 02 de diciembre de 2015
Expediente: La Paz 154/2015
Parte Acusadora : José Carlos Zariza Carpio y otra
Parte Imputada: Gregorio Quispe Huayhua y otros
Delitos : Despojo y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 9 y 11 de septiembre de 2015, cursante de fs. 1066 a 1074 vta., y fs. 1101 a 1106, José Carlos Zariza Carpio; y, Teresa Jesús Tórrez Tórrez, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 40/2015 de 17 de junio, de fs. 1029 a 1032, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes contra Gregorio Quispe Huayhua, Gregoria Mayta Poma, Clemente Mayta, Ilda Poma Pujro y Bernardo Cuentas Fernández, por la presunta comisión de los delitos de Despojo, Perturbación de Posesión y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 351, 353 y 357, todos del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memoriales presentados el 9 y 11 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Teresa Jesús Tórrez Tórrez (fs
- c) Notificado los recurrentes con el referido Auto de Vista el 11 de agosto de
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 1) Como primer agravio denuncia, que la Resolución recurrida contiene una fundamentación contradictoria; e,
- 3) Finalmente refiere, que llevada la audiencia de fundamentación de su recurso de
- 1) Como primer agravio refiere, que el Auto de Vista recurrido vulneró el art
- 2) Como segundo agravio refiere, que el Auto de Vista recurrido incurrió en una fundamentación
- Finalmente en el otrosí primero de su recurso refiere que se adhiere al recurso de
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
- IV.1. Del recurso de casación de José Carlos Zariza Carpio
- En cuanto al segundo motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido
- Finalmente, respecto al tercer motivo, en el que denuncia que en la audiencia de fundamentación
- En cuanto al primer motivo, referido a que el Auto de Vista impugnado vulneró el
- En cuanto a los Autos Supremos 567/04 de 1 de octubre de 2004 y 59/2012
- Con relación al segundo motivo, en el que denuncia que la Resolución recurrida incurrió en
- Finalmente, respecto a la adhesión que refiere la recurrente en el otrosí primero de su
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
