Auto Supremo AS/0877/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0877/2015

Fecha: 08-Dic-2015

a) Sostienen los recurrentes que el pretendido pago de beneficios sociales en moneda extranjera por

I.2 Motivos de los recursos de casación
Notificados con el precitado Auto de Vista, a través de memoriales cursantes de fs. 127 a 128 y 129 a 130, formulan recurso de casación en el fondo Roy Vargas Oliva y Lola Oliva de Vargas, respectivamente, exponiendo con idénticos fundamentos los siguientes motivos:
a) Sostienen los recurrentes que el pretendido pago de beneficios sociales en moneda extranjera por la suma de $us 2.735.65 es injusto toda vez que el inciso d) del Art. 16 de la Ley General del Trabajo establece que no habrá lugar a desahucio ni indemnización cuando exista causales y, en el caso, se trata de un típico abandono de trabajo