Al respecto, no obstante que en los fundamentos sucintos no se menciona cual es la
Sostienen que, los Vocales de Sala, no tomaron en cuenta que en la confesión provocada de fs. 49 el demandante indicó que su retiro fue voluntario por tanto, tratándose de un típico abandono de trabajo no correspondía pago de desahucio ni indemnización.
Al respecto, no obstante que los recurrentes no alegan expresamente, se infiere de sus alegaciones expuestas en los memoriales de los recursos que, lo que denuncian, es error de hecho en la valoración y mala apreciación de la prueba de la confesión.
Al respecto, no obstante que en los fundamentos sucintos no se menciona cual es la regla de valoración de prueba vulnerada y por tanto no se aprecia elemento alguno que demuestre la manifiesta equivocación del juzgador en la valoración de la confesión provocada cuya acta cursa en fs. 50 de obrados, de su lectura se constata que la misma no determina de ninguna manera ni constituye elemento que demuestre “abandono” de trabajo toda vez que no es evidente que el confesante manifieste en la misma que “su retiro fue voluntario” tal como afirman falsamente los recurrentes
Al respecto, no obstante que los recurrentes no alegan expresamente, se infiere de sus alegaciones expuestas en los memoriales de los recursos que, lo que denuncian, es error de hecho en la valoración y mala apreciación de la prueba de la confesión.
Al respecto, no obstante que en los fundamentos sucintos no se menciona cual es la regla de valoración de prueba vulnerada y por tanto no se aprecia elemento alguno que demuestre la manifiesta equivocación del juzgador en la valoración de la confesión provocada cuya acta cursa en fs. 50 de obrados, de su lectura se constata que la misma no determina de ninguna manera ni constituye elemento que demuestre “abandono” de trabajo toda vez que no es evidente que el confesante manifieste en la misma que “su retiro fue voluntario” tal como afirman falsamente los recurrentes
- VISTOS: Los recursos de casación, interpuestos por Roy Vargas Oliva de fs
- Interpuestos los recursos de apelación por los demandados mediante memoriales de fs
- a) Sostienen los recurrentes que el pretendido pago de beneficios sociales en moneda extranjera por
- b) Señalan que el Tribunal de alzada al confirmar la sentencia que condena al pago
- c) Sobre la orden de pago de Desahucio, denuncian aplicación indebida del art
- En el pago de indemnización denuncian Infracción del art
- Arguyen que al ordenar cancelación de aguinaldo de navidad en moneda extranjera, se infringió el
- En cuanto a la Multa del 30%, sostienen que al ordenarse su pago se aplicó
- Concluyen solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista impugnado y
- Infracción de los arts
- Los recurrentes en los puntos 1, 2 y 3 de los recursos de casación afirman
- Al respecto, no obstante que en los fundamentos sucintos no se menciona cual es la
- Respecto a la denuncia específica de vulneración del art
- Respecto a la denuncia de infracción del art
- Exponen los recurrentes que la infracción se produjo al ordenar la cancelación de vacación
- No puede dejar de mencionarse que, en materia laboral, la prescripción no se interrumpe al
- A todo lo expuesto, se añade, la consideración de que el Derecho Laboral, se estructura
- Bajo esos parámetros se concluye en definitiva que no son evidentes las infracciones denunciadas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario profesional del abogado de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
