Auto Supremo AS/0912/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0912/2015

Fecha: 18-Dic-2015

Se regula honorario profesional del Abogado de la demandante, en la suma de Bs

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera, en ejercicio de la atribución prevista en el arts. 184.1 de la CPE y 42 .I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 179, interpuesto por la representante legal de la Empresa “S&S INDUSTRIAL S.R.L. contra el Auto de Vista Nº 75/2015 de 4 de marzo pronunciada por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, Con costas.
Se regula honorario profesional del Abogado de la demandante, en la suma de Bs. 500 (quinientos 00/100 bolivianos) que mandará pagar el Juez a quo