Contra dicha Resolución, Giovanna Mary Vega Vega interpone recurso de apelación de fs
Contra dicha Resolución, Giovanna Mary Vega Vega interpone recurso de apelación de fs. 752 y vta., como también recurre de apelación Annelisse Ponce López en representación de Jorge Eduardo Rocha Barriga de fs. 759 a 760 y vta., que mereció el Auto de Vista Nº 232, de fecha 17 de Octubre de 2011, cursante de fs. 773 a 775, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la (entonces) Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia), que CONFIRMA el Auto apelada
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra dicha Resolución, Giovanna Mary Vega Vega interpone recurso de apelación de fs
- Resolución que dio lugar al recurso de casación interpuesto por Giovanna Mary Vega Vega, el
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En ese contexto el art
- Una de esas limitantes que impone la indicada norma procesal, la encontramos en el art
- Adviértase que la indicada norma legal es imperativamente restrictiva, pues de un lado, define expresamente
- En el sub lite, del análisis del proceso se puede evidenciar, que el Auto de
- Por lo precedentemente expuesto corresponde emitir Resolución en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
