Justino Cruz Uría, de fs
Justino Cruz Uría, de fs. 72 y vta., responde señalando que junto a su hijo y nuera son propietarios del referido inmueble, que Luis Ajno Flores ingresó a la habitación que le corresponde en calidad de inquilino quien le pidió que se elabore el contrato de alquiler señalándole que le dé un poder por cuanto le había comentado que mantenía un problema con una tercera persona, luego le hizo firmar un papel en blanco y posteriormente se enteran que ya no son propietarios del inmueble porque supuestamente él habría transferido mediante la Escritura Pública Nº 1345/2003 a través de un supuesto poder Nº 281/2003 extremo que es falso ya que ni los actores le confirieron poder ni conoce la Notaría Pública, ocurriendo que se aprovechó de su condición de persona de tercer edad causándole conflictos con su familia, después de tramado todo esto recién con disimulo le propuso que le venda la propiedad y que le podría estar dando un adelanto
- Sucre: 04 de Diciembre 2015
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Justino Cruz Uría, de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Tercero de Partido en lo Civil-Comercial de
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- - Se fijó inspección ocular a Derechos Reales en fs
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por lo precedentemente manifestado, se concluye que los motivos que dieron lugar al presente recurso
- POR TANTO
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000 (Un Mil Bolivianos)
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
