Bajo esas consideraciones se hace innecesario efectuar mayor análisis del contenido del recurso planteado contra
Bajo esas consideraciones se hace innecesario efectuar mayor análisis del contenido del recurso planteado contra el Auto de Vista emitido en la presente causa, y en su lugar corresponde dar aplicación a lo previsto por los arts. 271 num. 1) y 272 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia de lo solicitado por la parte demandada
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación primero por Eleuterio Coria Jaldín mediante
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al recurso de casación formulado por parte de Eleuterio Coria Jaldín,
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Concluye con ello señalando que no se habría hecho una valoración de todas las pruebas
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- Por lo expuesto refiere plantear recurso de casación en el fondo, sin petitorio concreto de
- Notificada con el recurso de casación, la demandada previo Traslado corrido, contesta señalando los fundamentos
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso en análisis, como se manifestó anteriormente, en sus diferentes acápites, el recurrente
- Bajo esas consideraciones se hace innecesario efectuar mayor análisis del contenido del recurso planteado contra
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
