Arguye que a fs
Arguye que a fs. 194, se indica que Hernán Carrillo Mendez refiere ser cuñado de los actores de la usucapión, adoptando una postura subjetiva, en sentido de que se conocía el domicilio de Hugo Antelo Zankys que no es real ni evidente, pues la demanda de usucapión data de 23 de mayo de 2011 como consta en fs. 93 y 94 y a fs. 97 cursa el memorial de 25 de agosto de 2011, por lo que la conducta de los vocales tan solo da legalidad al proceso sumario de resolución de contrato seguido en contra de Hernán Carrillo Méndez
- Partes: María Cristina Carreño Rivera y otro. c/ Hernán Carrillo Méndez y otros
- Proceso: Usucapión
- Distrito: Santa Cruz
- C0NSIDERANDO I:
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por el demandado Hugo Antelo Zankys
- CONSIDERANDO II
- Arguye que a fs
- 2
- Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista, al haberse aplicado erróneamente el
- CONSIDERANDO III
- Corresponde señalar que el art
- Por lo que corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
