Por lo que corresponde fallar en la forma que dispone el art
Por lo que corresponde fallar en la forma que dispone el art. 271 num. 2) en relación al art. 273 del Código de Procedimiento Civil
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Citado el demandado Julio Zeballos Ortiz, por memorial de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia el Juez Décimo de Partido en lo Civil y
- Contra esa Resolución de primera instancia, Juan Carlos Zeballos Melgar interpuso recurso de apelación, en
- Del contenido del Recurso de Casación se advierte que la misma refleja disconformidad con las
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- Por lo expuesto presenta Recurso de Casación y Nulidad del Auto de Vista de fecha
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- ¨La invalidez de los actos vía nulidad importa, conforme doctrina, una sanción legal con la
- Nuestra legislación tipificó los supuestos de invalidez por nulidad de los contratos, cada una con
- Con respecto al primer agravio, a que el demandado y ahora sus descendientes no serían
- De la revisión de actuados procesales se tiene que; en principio la demandante interpuso su
- Por otra parte entre los hechos no probados se tiene que el demandado Julio Zeballos
- En relación al segundo agravio, acusa que habría contradicciones en el contenido de la demanda,
- Que, de la documentación cursante en el proceso, se tiene que el demandado Julio Zeballos
- Finalmente, en el agravio tercero cuestiona que el único documento objeto de pericia habría sido
- De la revisión de obrados se tiene que el mismo resulta ser una copia simple
- Asimismo, cabe señalar que el proceso civil tiene diferentes etapas en su tramitación, cuya actuación
- En merito a lo señalado precedentemente, se tiene que el Auto de Vista al considerar
- Por lo que corresponde fallar en la forma que dispone el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
