Que, de la documentación cursante en el proceso, se tiene que el demandado Julio Zeballos
Que, de la documentación cursante en el proceso, se tiene que el demandado Julio Zeballos Ortiz habría adquirido el inmueble objeto de la litis, por documento de compraventa suscrito en fecha 19 de octubre de 2004, habiendo sido registrado a su nombre en Derechos Reales, según folio real de fs. 40, documento cuestionado por la demandante, quien afirma no haber transferido nunca el inmueble de su propiedad; documento sometido a prueba pericial por orden del Juez A quo, cuyo resultado cursa a fs. 44 a 53, mismo que señala que las firmas estampadas en el documento de compra venta no corresponden a la vendedora Carmen Rosa Ortiz Cuellar, corroborada con la inexistencia del reconocimiento de firmas supuestamente efectuado en la Notaria de Fe Pública Nº 43, a cargo entonces del Dr. Moisés Yamil Chamón Salces, informe pericial que no fue impugnado por la parte demandada conforme lo establece el art. 440.II del Código de Procedimiento Civil, denotando su conformidad con el resultado de la pericia, consiguientemente se entiende haber precluido su derecho de reclamar este aspecto en esta etapa del proceso
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Citado el demandado Julio Zeballos Ortiz, por memorial de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia el Juez Décimo de Partido en lo Civil y
- Contra esa Resolución de primera instancia, Juan Carlos Zeballos Melgar interpuso recurso de apelación, en
- Del contenido del Recurso de Casación se advierte que la misma refleja disconformidad con las
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- Por lo expuesto presenta Recurso de Casación y Nulidad del Auto de Vista de fecha
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- ¨La invalidez de los actos vía nulidad importa, conforme doctrina, una sanción legal con la
- Nuestra legislación tipificó los supuestos de invalidez por nulidad de los contratos, cada una con
- Con respecto al primer agravio, a que el demandado y ahora sus descendientes no serían
- De la revisión de actuados procesales se tiene que; en principio la demandante interpuso su
- Por otra parte entre los hechos no probados se tiene que el demandado Julio Zeballos
- En relación al segundo agravio, acusa que habría contradicciones en el contenido de la demanda,
- Que, de la documentación cursante en el proceso, se tiene que el demandado Julio Zeballos
- Finalmente, en el agravio tercero cuestiona que el único documento objeto de pericia habría sido
- De la revisión de obrados se tiene que el mismo resulta ser una copia simple
- Asimismo, cabe señalar que el proceso civil tiene diferentes etapas en su tramitación, cuya actuación
- En merito a lo señalado precedentemente, se tiene que el Auto de Vista al considerar
- Por lo que corresponde fallar en la forma que dispone el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
