-Acusa que el Tribunal no observo que la tramitación de la causa se incurrió en
-Acusa que el Tribunal no observo que la tramitación de la causa se incurrió en errores procedimentales sancionados con nulidad como los referidos a la no valoración o incorrecta valoración de la pruebas de fs. 1 a 18 y la de fs. 117 a 143, por la que se hubiera acreditado el derecho propietario que le asiste sobre el inmueble objeto de litis; el acta de audiencia de inspección ocular de fs. 188; las pruebas testificales; las certificaciones e informes emitidos por la Dirección de Desarrollo Territorial (Ex Plan Regulador); e informe técnico de fs. 442; que el trámite se realizó sin notificar a las partes; que habiéndose cerrado el término probatorio se siguió recepcionando prueba, con el solo argumento de que serían de reciente obtención, contraviniendo lo dispuesto por el art. 394 del Código de Procedimiento Civil
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Ultima resolución que a su vez es recurrida de casación en la forma y en
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Recurso de casación en la forma
- -Acusa que el Tribunal no observo que la tramitación de la causa se incurrió en
- -Que la actora con actos de intimidación y amedrentamiento logró que la Juez de Partido
- -Que su demanda con relación al testimonio que acompaña evidencia su terreno se encuentra en
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Razonamiento conforme el cual se puede establecer que, aun en el supuesto de la existencia
- Correspondiendo fallar en consecuencia en la forma prevista por el art
- De la revisión del proceso se tiene que dictada la Sentencia de primera instancia, la
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- Agravios, que fueron resueltos por el Tribunal de segunda instancia en virtud de lo dispuesto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
