ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 746 a 749 vta., interpuesto por Severina Guzmán de Fuentes, contra el Auto de Vista de fecha 28 noviembre de 2014, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, reivindicación, desocupación y entrega de inmueble seguido por María Eugenia Mercado Cuellar contra Severina Guzmán de Fuentes, respuesta al recurso de fs. 752 a 753; Auto de concesión del recurso de fs. 754, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, pronunció la Sentencia Nº 44 de fecha 27 de noviembre de 2013, cursante de fs. 495 a 497 vta., declarando PROBADA la demanda principal de fs. 33 a 38, e IMPROBADA la demanda reconvencional. En cuyo mérito se dispuso que la demandada Severina Guzmán de Fuentes reivindique y entregue el inmueble a la actora María Eugenia Mercado Cuellar, en el plazo de 10 días. Ordenando así mismo la cancelación de la Matricula Nº 7.01.1.05.0014378.
Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la demandada, por memorial de fs. 513 a 516, que fuera resulta en principio por el Auto de Vista Nº 69 de fecha 7 de marzo de 2014 (fs. 546 a 548 vta.), que dispuso la anulación de la Sentencia, siendo objeto de interposición de recurso de casación en la forma, en cuyo mérito este Tribunal Supremo de Justicia mediante A.S. 561/2014 de 03 de octubre de 2014, anuló el Auto de Vista impugnado, disponiendo que se pronuncie nueva resolución con la pertinencia del art. 236 del Adjetivo Civil (fs. 623 a 625 vta); en cuyo cumplimiento la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista de fecha 28 de noviembre de 2014, de fs. 631 a 632 vta., CONFIRMÓ totalmente la Sentencia recurrida
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Ultima resolución que a su vez es recurrida de casación en la forma y en
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Recurso de casación en la forma
- -Acusa que el Tribunal no observo que la tramitación de la causa se incurrió en
- -Que la actora con actos de intimidación y amedrentamiento logró que la Juez de Partido
- -Que su demanda con relación al testimonio que acompaña evidencia su terreno se encuentra en
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Razonamiento conforme el cual se puede establecer que, aun en el supuesto de la existencia
- Correspondiendo fallar en consecuencia en la forma prevista por el art
- De la revisión del proceso se tiene que dictada la Sentencia de primera instancia, la
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- Agravios, que fueron resueltos por el Tribunal de segunda instancia en virtud de lo dispuesto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
