Auto Supremo AS/1176/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1176/2015

Fecha: 28-Dic-2015

El recurrente acusa que la Resolución recurrida agraviaría y vulneraria el derecho a la tutela

El recurrente acusa que la Resolución recurrida agraviaría y vulneraria el derecho a la tutela - art. 14-II y 115-III de la C.P.E., debido a que no se habría considerado que la transferencia del inmueble en cuestión sin el consentimiento de su persona afectaría la comunidad de gananciales consolidada por el vínculo matrimonial que le unía con la señora Dulía Hinojosa conforme previene el art. 116 del C.F., por lo que su persona habría optado por la anulabilidad íntegra del documento o contrato de transferencia del inmueble objeto de la litis; al respecto corresponde señalar que durante el curso del proceso, el demandado desde su demanda ha venido reclamando la anulabilidad del documento suscrito entre Dulía Hinojosa Guardia y Ángel Guzmán Camacho en fecha 04 de Febrero de 2010, sobre la transferencia de un bien inmueble que habría comprado con Dulia Hinojosa en su vida matrimonial ubicado en la av. Melchor Pérez de Olguín, zona la Chimba de la ciudad de Cochabamba registrado a nombre de los dos, toda vez que este no habría dado su consentimiento, pues su esposa de “manera ilícita habría” transferido dicho bien con el poder Nº 106/2010, poder que no fue otorgado de su parte, por lo que adecua su pretensión en lo dispuesto por el art. 554 inc. 1) del C.C