Auto Supremo AS/0014/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0014/2015-L

Fecha: 24-Feb-2015

No siendo evidentes las acusaciones alegadas por la parte recurrente, debe darse aplicación a lo

En cuanto a que los derechos del actor se hubieran extinguido en aplicación del art. 120 de la Ley General del Trabajo, relativo a la prescripción de los derechos de los trabajadores, no corresponde entrar en mayores consideraciones en razón a que la excepción de prescripción no fue solicitada en su oportunidad, toda vez que la misma no se aplica de oficio, conforme determina el art. 134 del Código Procesal del Trabajo, activándose también el principio de preclusión previsto en los arts. 3.e) y 57 del Código Procesal del Trabajo.
No siendo evidentes las acusaciones alegadas por la parte recurrente, debe darse aplicación a lo establecido por los arts. 271.2) y 273, del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso de autos, por disposición de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo