Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0025/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0025/2015-RA-L

    Fecha: 04-Feb-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 23 de octubre de 2009, cursante a fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establecen los siguientes
    • Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae el siguiente motivo
    • Los recurrentes invocarón como precedente contradictorio la “sentencia dictada por el Juzgado 4to de Sentencia
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • De la revisión de antecedentes se concluye que los acusadores Fermín Encinas Laime y Nicolsa
    • En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, los recurrentes a tiempo de
    • Por otra parte, los recurrentes se limitaron a citar los precedentes contradictorios en un otrosí,
    • Finalmente, los recurrentes haciendo alusión al Auto Supremo 404 de 18 de agosto de 2003,
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca