Auto Supremo AS/0025/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0025/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establecen los siguientes


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establecen los siguientes:

a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 20/07 de noviembre de 2007, el Juez Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba ahora Tribunal Departamental, por Sentencia 20/07 de 1 de noviembre de 2007, declaró al imputado Manuel Einar Prado Paz, absuelto de culpa y pena de la comisión de los delitos de Calumnia e Injuria, tipificados por los arts. 283 y 287 del CP, con costas a favor del absuelto.

b) Contra la mencionada Sentencia, la parte acusadora Fermín Encinas Laime y Nicolasa Flores de Encinas (fs. 79 a 80), interpusieron recursos de apelación restringida, impugnación resuelta por Auto de Vista 86/2009 de 14 de agosto, que declaró improcedente el recurso y confirmó la Sentencia apelada.

c) El Auto de Vista hoy impugnado, fue notificado a los recurrentes el 19 de octubre de 2009, conforme se desprende de la diligencia sentada a fs. 99 de obrados; interponiendo recurso de casación, el día 23 del mismo mes y año (fs. 101 a 103 vta.) el cual es motivo de análisis de admisibilidad