ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
- Auto Supremo Nº 38/2015
- Expediente: SSA.II-LP.415/2014
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Séptimo de Trabajo y
- En grado de apelación formulada por la asociación demandada de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Asimismo, el art
- Tampoco, se consideró que el contrato civil de prestación de servicios de vigilancia se suscribió
- Que, los inferiores incurrieron en error de hecho en la valoración de las pruebas, ya
- Respecto al reclamo que entre el trabajador y el empleador solo medio un contrato de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
