Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs. 461 a 464), interpuesto por José David Berrios Fernández, en representación legal de la Asociación de Copropietarios del Edificio Loayza, en el que se denuncia:
Que, la autoridad jurisdiccional inferior ha incurrido en error en la apreciación de las pruebas y omisión del principio de la sana crítica, en razón que entre el trabajador y la entidad demandada se suscribió un contrato civil de servicios de vigilancia, es decir, la relación contractual entre ambas partes fue de naturaleza civil, no habiendo existido por tanto relación laboral alguna, pues no existía relación de dependencia laboral del trabajador con la entidad demandada, si bien el contrato civil establece una relación de dependencia esta es de carácter bilateral en cuanto a las obligaciones (prestación-contraprestación), solamente establece las condiciones de desarrollo del contrato civil, en las que puede darse situaciones de dependencia
Que, la autoridad jurisdiccional inferior ha incurrido en error en la apreciación de las pruebas y omisión del principio de la sana crítica, en razón que entre el trabajador y la entidad demandada se suscribió un contrato civil de servicios de vigilancia, es decir, la relación contractual entre ambas partes fue de naturaleza civil, no habiendo existido por tanto relación laboral alguna, pues no existía relación de dependencia laboral del trabajador con la entidad demandada, si bien el contrato civil establece una relación de dependencia esta es de carácter bilateral en cuanto a las obligaciones (prestación-contraprestación), solamente establece las condiciones de desarrollo del contrato civil, en las que puede darse situaciones de dependencia
- Auto Supremo Nº 38/2015
- Expediente: SSA.II-LP.415/2014
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Séptimo de Trabajo y
- En grado de apelación formulada por la asociación demandada de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Asimismo, el art
- Tampoco, se consideró que el contrato civil de prestación de servicios de vigilancia se suscribió
- Que, los inferiores incurrieron en error de hecho en la valoración de las pruebas, ya
- Respecto al reclamo que entre el trabajador y el empleador solo medio un contrato de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
