Auto Supremo AS/0041/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0041/2015

Fecha: 02-Feb-2015

El recurso de casación, para Chiovenda, “esta instituido para preservar la exacta observancia de la

CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso de casación denota una falta de técnica jurídica, pues, si bien la institución demandada recurre simplemente de casación, empero, de la revisión minuciosa de toda la argumentación, se advierte que está referida al recurso de casación en el fondo, correspondiendo su análisis y resolución sobre la base de los principios que sustentan el nuevo sistema judicial boliviano, previstos en los arts. 3 y 30 de la Ley del Órgano Judicial.
El recurso de casación, para Chiovenda, “esta instituido para preservar la exacta observancia de la ley”, según esta afirmación este Tribunal Supremo de Justicia debe analizar la fiel ejecución de la norma, por tanto, en la especie debe remitirse a resolver judicialmente la génesis de la controversia entre la demandante y la entidad demandada, es decir, si evidentemente la demandante tiene o no derecho a percibir el pago por indemnización, aguinaldo, subsidio de frontera, salarios devengados, subsidio prenatal, subsidio de natalidad y subsidio de lactancia