El recurso de casación, para Chiovenda, “esta instituido para preservar la exacta observancia de la
CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso de casación denota una falta de técnica jurídica, pues, si bien la institución demandada recurre simplemente de casación, empero, de la revisión minuciosa de toda la argumentación, se advierte que está referida al recurso de casación en el fondo, correspondiendo su análisis y resolución sobre la base de los principios que sustentan el nuevo sistema judicial boliviano, previstos en los arts. 3 y 30 de la Ley del Órgano Judicial.
El recurso de casación, para Chiovenda, “esta instituido para preservar la exacta observancia de la ley”, según esta afirmación este Tribunal Supremo de Justicia debe analizar la fiel ejecución de la norma, por tanto, en la especie debe remitirse a resolver judicialmente la génesis de la controversia entre la demandante y la entidad demandada, es decir, si evidentemente la demandante tiene o no derecho a percibir el pago por indemnización, aguinaldo, subsidio de frontera, salarios devengados, subsidio prenatal, subsidio de natalidad y subsidio de lactancia
El recurso de casación, para Chiovenda, “esta instituido para preservar la exacta observancia de la ley”, según esta afirmación este Tribunal Supremo de Justicia debe analizar la fiel ejecución de la norma, por tanto, en la especie debe remitirse a resolver judicialmente la génesis de la controversia entre la demandante y la entidad demandada, es decir, si evidentemente la demandante tiene o no derecho a percibir el pago por indemnización, aguinaldo, subsidio de frontera, salarios devengados, subsidio prenatal, subsidio de natalidad y subsidio de lactancia
- Auto Supremo Nº 41/2015
- Expediente: SSA.II-PDO.426/2014
- Distrito: Pando
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- En grado de apelación deducida por la entidad demandada, representada por Justo Tarquino Chura de
- Dicho fallo, motivó que la entidad demandada mediante su representante legal interponga recurso de casación
- 3
- 4
- Concluyó solicitando que se case el Auto de Vista Nº 67 de 17 de julio
- El recurso de casación, para Chiovenda, “esta instituido para preservar la exacta observancia de la
- 1
- Sobre la denuncia de la entidad demandada en sentido que la demandante al no asistir
- Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones denunciadas, corresponde resolver el recurso de acuerdo a las
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
