Sobre la denuncia de la entidad demandada en sentido que la demandante al no asistir
Sobre la denuncia de la entidad demandada en sentido que la demandante al no asistir al acto procesal de confesión provocada admitió en los hechos los puntos averiguados en el interrogatorio, tal aseveración carece de sustento en virtud que la misma no debe considerarse como prueba plena, máxime si se considera que dicha entidad no precisa cuales son los hechos probados por la inasistencia a la confesión por parte de la trabajadora
- Auto Supremo Nº 41/2015
- Expediente: SSA.II-PDO.426/2014
- Distrito: Pando
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- En grado de apelación deducida por la entidad demandada, representada por Justo Tarquino Chura de
- Dicho fallo, motivó que la entidad demandada mediante su representante legal interponga recurso de casación
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- Concluyó solicitando que se case el Auto de Vista Nº 67 de 17 de julio
- El recurso de casación, para Chiovenda, “esta instituido para preservar la exacta observancia de la
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- Sobre la denuncia de la entidad demandada en sentido que la demandante al no asistir
- Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones denunciadas, corresponde resolver el recurso de acuerdo a las
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
