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    Auto Supremo AS/0043/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0043/2015-RA-L

    Fecha: 04-Feb-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 14 de octubre de 2009, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b)Contra la referida Sentencia, los imputados (fs
    • c)Notificados los recurrentes con el mencionado Auto de Vista, el 8 de octubre de 2009
    • Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
    • 2)Alegan que el Tribunal de alzada, a pesar de citar en sus considerandos la existencia
    • El art
    • desarrolle la tarea de unificar la jurisprudencia, a fin de garantizar la aplicación correcta y
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • afectación grave de derechos y garantías constitucionales ocurridas en la tramitación de los procesos
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
    • Previamente, resulta necesario precisar que, de la naturaleza jurídica del recurso de casación, descrita precedentemente,
    • En cuanto al primer motivo, referido a la presunta contradicción existente entre la propia fundamentación
    • Con relación al segundo motivo en el que los recurrentes denuncian falta de fundamentación sobre
    • De otro lado, tampoco resulta eficaz la aplicación de los supuestos de flexibilización, puesto que
    • Por consiguiente, no es admisible el tratamiento de fondo del agravio que se analiza, por
    • De lo desarrollado, se denota que el recurso de casación motivo de la presente resolución
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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