CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 048
Sucre, 20 de febrero de 2015
Expediente: 348-2010-S
Demandante: Beimar Huarachi Puchuly
Demandada: Javier Plata Vargas
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Javier Plata Vargas, contra el Auto de Vista de 13 de abril de 2010, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso laboral seguido por Beimar Huarachi Puchuly contra el recurrente, el Auto a fs. 79 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Yacuiba de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, emitió la Sentencia de 16 de diciembre de 2009, cursante de fs. 37 a 40 vta., por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 1 a 3 vta, con costas; disponiendo que Javier Plata Vargas, pague dentro de tercero día de ejecutoriada la Sentencia a favor del demandante Beimar Hurachi Puchuly, la suma de Bs.9.811.- con las actualizaciones, conforme al Decreto Supremo (DS) No 28699 de 1 de mayo de 2006
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 048
Sucre, 20 de febrero de 2015
Expediente: 348-2010-S
Demandante: Beimar Huarachi Puchuly
Demandada: Javier Plata Vargas
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Javier Plata Vargas, contra el Auto de Vista de 13 de abril de 2010, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso laboral seguido por Beimar Huarachi Puchuly contra el recurrente, el Auto a fs. 79 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Yacuiba de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, emitió la Sentencia de 16 de diciembre de 2009, cursante de fs. 37 a 40 vta., por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 1 a 3 vta, con costas; disponiendo que Javier Plata Vargas, pague dentro de tercero día de ejecutoriada la Sentencia a favor del demandante Beimar Hurachi Puchuly, la suma de Bs.9.811.- con las actualizaciones, conforme al Decreto Supremo (DS) No 28699 de 1 de mayo de 2006
- CONSIDERANDO I
- Que en grado de apelación interpuesto por el demandado Javier Plata Vargas, de fs
- La resolución de segunda instancia motivó que el demandado Javier Plata Vargas mediante memorial de
- Manifiesta que no se tomó en cuenta la prueba que cursa a fs
- Que así planteado el recurso de casación en el fondo, y considerando las normas aplicables,
- En ese sentido, es de inexcusable cumplimiento que los recurrentes citen en términos claros, concretos
- Asimismo Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis doctrinal y jurisprudencial del Código de Procedimiento
- Lo expuesto precedentemente se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del
- Ahora bien, de la lectura del recurso planteado se deduce que el mismo no cumple
- A todo ello, es menester recordar que la apreciación y valoración de la prueba corresponde
- Adicionalmente, debe tenerse presente que el juzgador en materia laboral no se encuentra sometido a
- En el marco legal señalado, el recurso de casación en el fondo de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
