Lo expuesto precedentemente se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del
Lo expuesto precedentemente se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho a la seguridad jurídica y el debido proceso, por cuanto implica el sometimiento de los gobernantes y gobernados a la Constitución Política del Estado, la vigencia de derecho y el respeto a la norma, dado el estado constitucional de derecho que rige nuestro país, subordinación que obedece a la necesidad de garantizar que tanto las actuaciones como las decisiones que provengan de autoridades o de personas particulares, se hallen enmarcadas en disposiciones legales y no obedezcan al arbitrio o capricho discrecional de alguna de ellas, conforme los arts. 115.II, 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE) y art. 30.6 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ)
- CONSIDERANDO I
- Que en grado de apelación interpuesto por el demandado Javier Plata Vargas, de fs
- La resolución de segunda instancia motivó que el demandado Javier Plata Vargas mediante memorial de
- Manifiesta que no se tomó en cuenta la prueba que cursa a fs
- Que así planteado el recurso de casación en el fondo, y considerando las normas aplicables,
- En ese sentido, es de inexcusable cumplimiento que los recurrentes citen en términos claros, concretos
- Asimismo Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis doctrinal y jurisprudencial del Código de Procedimiento
- Lo expuesto precedentemente se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del
- Ahora bien, de la lectura del recurso planteado se deduce que el mismo no cumple
- A todo ello, es menester recordar que la apreciación y valoración de la prueba corresponde
- Adicionalmente, debe tenerse presente que el juzgador en materia laboral no se encuentra sometido a
- En el marco legal señalado, el recurso de casación en el fondo de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
