Auto Supremo AS/0071/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0071/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Según el fundamento del agravio el l Auto de Vista recurrido, habría incumplido lo preceptuado

CONSIDERANDO II
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
II.1. Sobre la incongruencia del Auto de Vista impugnado
El recurrente manifiesta que la resolución impugnada, es incongruente por que decide otorgar el beneficio de horas extras en favor de la demandante, con un razonamiento diferente a la sentencia y a lo solicitado en apelación.
Según el fundamento del agravio el l Auto de Vista recurrido, habría incumplido lo preceptuado en el art. 236 del Adjetivo Civil y con el principio de congruencia, al no haberse pronunciado taxativamente sobre los puntos de la apelación, aspectos que motivaría la procedencia del recurso de casación en la forma de conformidad al art. 254.4) del CPC; por lo que, se habría vulnerado el derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso, lo cual implicaría anular obrados, disponiendo se pronuncie un nuevo Auto de Vista, aunque el petitorio solicita se case el Auto de Vista, pesa a dicha imprecisión corresponde analizar el reclamo deficientemente formulado