Auto Supremo AS/0076/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2015-RA

Fecha: 03-Feb-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)En mérito a la acusación pública (fs. 3 a 6) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Tercero de Sentencia de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba, pronunció la Sentencia de 5 de enero de 2011(fs. 240 a 251 vta.), declarando a Dionicio Cahuasiri Guevara, autor y culpable del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley 1008, condenándole a la pena privativa de libertad de doce años, a ser cumplida en el penal de “El Abra” de Cochabamba; y, a Teodora Rodríguez Maldonado, autora y culpable del delito de Encubrimiento del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, tipificado y sancionado por el art. 75 de la misma Ley, condenándole a la pena de cuatro años de presidio a cumplir en el recinto penitenciario de “San Sebastián” mujeres, y doscientos días multa a razón de dos bolivianos (2 bs.) por día. A su vez, se aplicó en su beneficio la excepción de la sanción conforme dispone la parte in fine de la normativa referida precedentemente, absolviéndole de pena y culpa por el delito antes mencionado, determinación complementada por Auto de 26 de enero de 2011 (fs. 263), a pedido del Ministerio Público, por el que se dispuso la confiscación del vehículo tipo vagoneta, color blanco combinado con beige, placa de control 1433-YLS a favor del Consejo Nacional de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas (CONALTID).

b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados presentaron recursos de apelación restringida (fs. 275 a 278 vta. y 284 a 289 vta.), que fueron resueltos por Auto de Vista 79/2014 de 30 de septiembre, declarándolos improcedentes y confirmando la Sentencia