Auto Supremo AS/0076/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2015-RA

Fecha: 03-Feb-2015

En lo que corresponde al primer motivo, relativo a inobservancia o errónea aplicación de la


En lo que corresponde al primer motivo, relativo a inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, debido a que se le condenó por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto en el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, sin observar el principio de legalidad, especificidad y el debido proceso, cuando lo correcto es que su conducta se subsume al ilícito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto en el art. 55 de la Ley 1008, por ser éste un tipo especial, invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 329 de 29 de agosto de 2006, 315 de 25 de agosto de 2006, 339/2010 de 1 de julio y 021/2007 de 26 de enero, referidos a la errónea aplicación de la ley sustantiva por mala calificación del tipo penal y que uno de los elementos esenciales del delito de Tráfico de Sustancias Controladas es la “comercialización”, los que no fueron observados por el Tribunal de Sentencia y el Tribunal de apelación, desconociendo los principios de legalidad, taxatividad, tipicidad, especificidad, in dubio pro reo y pro homine, que explican de manera clara y precisa la contradicción de los precedentes con el Auto de Vista impugnado, razones suficientes que hacen viable el motivo para el análisis de fondo