De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)En mérito a las acusaciones pública (fs. 1 a 3 y enmendada de fs. 39 a 41 vta.) y particular (fs. 7 a 8 y adherida a la acusación pública de fs. 47 a 51 vta.), desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Quinto de Sentencia de la ciudad de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Sentencia S-1/2014 de 19 de febrero de 2014, contra Juan Ramos Zamo, por la comisión de los delitos de Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos en los arts. 200 y 203 del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de tres años a cumplir en el Centro Penitenciario de San Pedro, más costas a favor del Estado; y, absuelto de pena y culpa por los delitos de Falsedad Material y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados por los arts. 198 y 199 del CP (fs. 448 a 452 vta.)
- Por memoriales presentados, el 18 de noviembre de 2014 cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por parte de los acusadores particular y
- De los argumentos venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- Tribunal de alzada sobre la admisión de una prueba a juicio, lo cual no fue
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme a lo normado en el art
- vulnerando los arts
- Finalmente, asegura que el Tribunal de alzada, con dicha confusión de prueba, incurrió en valoración
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
