Auto Supremo AS/0096/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0096/2015-RA

Fecha: 10-Feb-2015

Citando y transcribiendo parcialmente los Autos Supremos 124/2012 de 24 de mayo, 269/2011 de 9


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

Citando y transcribiendo parcialmente los Autos Supremos 124/2012 de 24 de mayo, 269/2011 de 9 de mayo, 190/2012 de 24 de julio y 45/2012 de 14 de marzo, el recurrente presenta recurso de casación señalando que el Auto de Vista contradice los precitados fallos y alega:

1) En el recurso de alzada, se ofrecieron como prueba, las documentales que cursan en obrados, la grabación de la magnetofónica del juicio oral y las testificales de Ausberto Armin León Ocaña y Tany Vargas Vallejos; sin embargo, el Tribunal de alzada, no habría respondido al “Otrosí 1” del recurso de alzada; además, no señaló audiencia de recepción de prueba testifical, aspecto que consta en el decreto de 20 de agosto de 2014 (fs. 250), así como en el Auto de Vista impugnado. Sostiene que dicha omisión lesionó su derecho a la defensa, constituyendo defecto absoluto insubsanable, pues el fallo impugnado, no hizo mención respecto a su prueba ofrecida. Alega que la testigo Tany Vargas Vallejos estuvo presente en la audiencia de fundamentación oral, en la que los de alzada, con argumentos esquivos plasmados en el Auto de Vista, se negaron a escucharla a pesar de haber sido ofrecida oportunamente