En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se advierte que en el primer motivo,
En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se advierte que en el primer motivo, en el que los recurrentes alegan que el Auto de Vista admitió el recurso de alzada y que posteriormente, de forma incongruente omitieron ingresar al fondo de los motivos primero y tercero, argumentando el incumplimiento de requisitos, en vulneración de los arts. 399 del CPP, 115.I y 180.II de la CPE; se verifica que invocaron los Autos Supremos 201/2013-RRC de 2 de agosto y 54/2012 de 22 de marzo, respecto a los cuales, expresaron de forma clara y concreta la manera en que el Auto de Vista incurrió en contradicción, señalando que, si los vocales en la revisión del recurso de alzada advierten defecto o incumplimiento de algún requisito, deben aplicar el plazo establecido en el art. 399 del CPP para subsanar los defectos formales; precedentes cuya invocación corresponde a esta etapa, por cuanto la contradicción hubiera surgido con la emisión del Auto de Vista y no con la Sentencia, correspondiendo en consecuencia analizar el fondo de este motivo, con la finalidad de verificar las contradicciones denunciadas y si con ello se incurrió en defecto absoluto por vulneración de los derechos de impugnación, tutela judicial efectiva y al principio pro actione, denunciados en el memorial de casación
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 5 de enero de 2015 (fs
- De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Acusan que el Tribunal de alzada, respecto al segundo motivo del recurso de apelación,
- 3) Por último, denuncian de incorrecto el análisis efectuado en el Auto de Vista impugnado,
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que los recurrentes se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- De la revisión de antecedentes se concluye que el 5 de enero de 2015, María
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se advierte que en el primer motivo,
- En cuanto al tercer motivo, en el que se denunció defecto absoluto por vulneración del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
