Auto Supremo AS/0097/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2015

Fecha: 11-Feb-2015

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3.- En cuanto a lo puntos 1), 2) y 3) del recurso de casación en el que señala que la entidad recurrente hubiera efectuado el depósito por pago de costas generado en el proceso penal por los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza en el que el actor fue absuelto y se efectuó la publicación pertinente de la absolución, proceso en el que no se ha declarado la temeridad y malicia de la acusación; y que por otra parte, el actor reclama que se le hubiera privado de su salario y que el actor demandó el pago de sus beneficios sociales que al ser determinado por el Juez laboral se canceló la suma determinada por la autoridad judicial; y que en los juicios tanto penal como laboral la entidad recurrente hubiera cumplido con las disposiciones evacuados por los órganos de justicia, en sentido de haberse cancelado el pago de beneficios sociales que se dispuso en el proceso laboral y el pago de costas dispuesta en el proceso penal y que la pretensión del pago de haberes devengados resulta ser improcedente conforme a los arts. 984 y 994 del Código Civil