Auto Supremo AS/0097/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2015

Fecha: 11-Feb-2015

CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN


CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:

1.- Sobre la acusación de que los argumentos del recurso de apelación no hubiera sido considerados por el Auto de Vista, acusación descrita en el numeral 4) del recurso de casación; corresponde señalar que el Auto de Vista al describir el contenido de la demanda, hizo referencia al art. 984 del Código Civil, en base al cual concluyó que dedujo que el A quo emitió su criterio conforme a derecho; de acuerdo a dicho criterio la entidad recurrente si consideraba que el Tribunal no absolvió su agravio debió solicitar la petición de complementación conforme al art. 239 del Código de Procedimiento Civil, mecanismo con el que el recurrente hubiera podido obtener la complementación y explicación sobre el agravio que acusa de no haberse absuelto en la Resolución impugnada; al efecto se debe recordar que la nulidad procesal solo opera de última ratio y en base al presupuesto de haber reclamado el vicio de nulidad en su debida oportunidad como señala el art. 17.III num. 1) de la Ley Nº 025, por lo que la acusación de falta de pronunciamiento de los puntos apelados, resulta ser impertinente