Auto Supremo AS/0123/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2015-RRC

Fecha: 24-Feb-2015

iii) En relación a los elementos incorporados ilegalmente al juicio, señaló el Auto de Vista


ii) Respecto a la errónea aplicación de los arts. 370 inc. 1) del CPP y 308 del CP, estableció que ese extremo no es cierto, por cuanto el Tribunal de Sentencia, realizó una valoración correcta de los antecedentes, además que el recurrente no habría citado las disposiciones legales que se consideran violadas o erróneamente aplicadas.

iii) En relación a los elementos incorporados ilegalmente al juicio, señaló el Auto de Vista que el recurrente tenía la oportunidad de formular el incidente de exclusión probatoria, tanto del Informe pericial como del informe psicológico, de conformidad al art. 172 del CPP