Auto Supremo AS/0095/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2015

Fecha: 02-Mar-2015

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo N° 095
Sucre, 02 de marzo de 2015

Expediente: 408/2010-S
Demandante: Fanor García Escobar
Demandado: Honorable Alcaldía de Montero
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 149, interpuesto por Melfy Cuellar de Villarroel en representación de la Honorable Alcaldía de Montero (H.A.M.), contra el Auto de Vista N° 456, de 21 de octubre de 2009 (fs. 144 a 145), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del proceso social por pago de beneficios sociales que sigue Fanor García Escobar contra la H.A.M. de Montero, hoy Gobierno Autónomo Municipal de Montero; sin respuesta de la parte demandante al recurso interpuesto de contrario; el Auto de fs. 153 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que, iniciada y tramitada la demanda de pago de beneficios sociales, la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Montero, emitió la Sentencia N° 01 de 28 de enero de 2009 (fs. 113 a 116), por la que declaró probada la demanda de fs. 33 a 34 y vta., e improbada la excepción de prescripción de fs. 62, con costas, disponiendo el pago Bs.22.946,60.- a favor del demandante, por los conceptos de indemnización por tiempo de trabajo, desahucio, vacación y aguinaldo, todo conforme al detalle que se tiene asentado en la misma Sentencia