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    Auto Supremo AS/0102/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0102/2015

    Fecha: 02-Mar-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • En ejecución de sentencia se dará aplicación al DS Nº 28699, sólo a los efectos
    • En grado de apelación, por Auto de Vista de 28 de abril de 2010
    • Que, contra el referido Auto de Vista, el demandado interpuso recurso de casación en la
    • Añadió que el día en que Lucio Cuellar sufrió el accidente estaba en la localidad
    • Concluyó el recurso pidiendo al Tribunal Supremo de Justicia anule obrados, hasta que la jueza
    • Alicia Cuellar Flores por Martha América Velásquez, contestó el recurso de casación mediante memorial de
    • De la lectura del recurso, se debe dejar claramente establecido que el mismo no tiene
    • Sobre el reclamo de que el Tribunal de apelación no se pronunció ante la violación
    • Así establecidos los principios en los que se sustenta toda nulidad procesal, contrastando con los
    • En ese marco, no procede la nulidad de obrados al no ser evidentes las vulneraciones
    • El recurrente reclama que el Tribunal de Apelación incurrió en error de hecho en la
    • Respecto a la supuesta falta o error en la apreciación de la prueba, el tribunal
    • En el caso, el recurrente acusa error de hecho en la valoración de las declaraciones
    • Como se puede inferir, el Tribunal de apelación fundó su decisorio considerando las pruebas testificales
    • Por lo expuesto y en merito a los antecedentes y fundamentos referidos, al no
    • POR TANTO La Sala
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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