En este acápite señala que, el demandante no cumplió con lo establecido por los arts
3. Sobre el pago de subsidio de natalidad y lactancia
En este acápite señala que, el demandante no cumplió con lo establecido por los arts. 95 y 193 del CSS, 416 y 418 del Reglamento del CSS, y 171 del DL Nº 11901 de 21 de octubre de 1974, al no haber presentado los Certificados de Nacimiento y Médico del recién nacido, por lo que no le corresponde el pago de los subsidios de natalidad y lactancia
En este acápite señala que, el demandante no cumplió con lo establecido por los arts. 95 y 193 del CSS, 416 y 418 del Reglamento del CSS, y 171 del DL Nº 11901 de 21 de octubre de 1974, al no haber presentado los Certificados de Nacimiento y Médico del recién nacido, por lo que no le corresponde el pago de los subsidios de natalidad y lactancia
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Walter Arteaga Zeballos en representación de la
- En conocimiento de la Sentencia, el demandante Luís Veizaga Seas, por memorial cursante de fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extrae como motivos de los mismos,
- 2
- 3
- Petitorio
- Pide “elevar obrados ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que
- Este motivo por el que se acusa al Tribunal de Alzada, de haber incurrido en
- En este acápite denuncia que, el Ad quem dispuso se pague el doble del aguinaldo
- Al respecto, por disposición del art
- El empleador para refutar la decisión del Ad quem sobre la orden de pago doble
- En este acápite señala que, el demandante no cumplió con lo establecido por los arts
- Respecto a los requisitos que deben cumplirse para percibir los subsidios de natalidad, el art
- En autos, el empleador incumpliendo con la carga procesal impuesta por los arts
- Por lo expuesto corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los
- del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
