Auto Supremo AS/0107/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0107/2015

Fecha: 03-Mar-2015

En este acápite señala que, el demandante no cumplió con lo establecido por los arts

3. Sobre el pago de subsidio de natalidad y lactancia
En este acápite señala que, el demandante no cumplió con lo establecido por los arts. 95 y 193 del CSS, 416 y 418 del Reglamento del CSS, y 171 del DL Nº 11901 de 21 de octubre de 1974, al no haber presentado los Certificados de Nacimiento y Médico del recién nacido, por lo que no le corresponde el pago de los subsidios de natalidad y lactancia