Este motivo por el que se acusa al Tribunal de Alzada, de haber incurrido en
CONSIDERANDO II:
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
1. Sobre el tiempo de servicios calculado en el Auto de Vista
Este motivo por el que se acusa al Tribunal de Alzada, de haber incurrido en error en el cálculo del tiempo de servicios, carece de fundamento legal que lo respalde, pues el recurrente sólo se limitó a exteriorizar su disconformidad con dicho cálculo sin tener ningún apoyo; no obstante la ausencia de fundamento, es menester precisar que el tiempo de servicios establecido en el Auto de Vista se encuentra plenamente respaldado con el finiquito de fs. 3, documento que fue elaborado por la entidad demandada, por lo que esta no puede pretender desconocer el contenido de los documentos que elabora
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
1. Sobre el tiempo de servicios calculado en el Auto de Vista
Este motivo por el que se acusa al Tribunal de Alzada, de haber incurrido en error en el cálculo del tiempo de servicios, carece de fundamento legal que lo respalde, pues el recurrente sólo se limitó a exteriorizar su disconformidad con dicho cálculo sin tener ningún apoyo; no obstante la ausencia de fundamento, es menester precisar que el tiempo de servicios establecido en el Auto de Vista se encuentra plenamente respaldado con el finiquito de fs. 3, documento que fue elaborado por la entidad demandada, por lo que esta no puede pretender desconocer el contenido de los documentos que elabora
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Walter Arteaga Zeballos en representación de la
- En conocimiento de la Sentencia, el demandante Luís Veizaga Seas, por memorial cursante de fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extrae como motivos de los mismos,
- 2
- 3
- Petitorio
- Pide “elevar obrados ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que
- Este motivo por el que se acusa al Tribunal de Alzada, de haber incurrido en
- En este acápite denuncia que, el Ad quem dispuso se pague el doble del aguinaldo
- Al respecto, por disposición del art
- El empleador para refutar la decisión del Ad quem sobre la orden de pago doble
- En este acápite señala que, el demandante no cumplió con lo establecido por los arts
- Respecto a los requisitos que deben cumplirse para percibir los subsidios de natalidad, el art
- En autos, el empleador incumpliendo con la carga procesal impuesta por los arts
- Por lo expuesto corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los
- del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
