Asimismo la parte demandada no demostró -como le impone la Ley- una situación contraria; es
Asimismo la parte demandada no demostró -como le impone la Ley- una situación contraria; es decir, ésta no aportó elemento probatorio que haga soporte a la afirmación de que se trataba de una relación contractual civil. Estos hechos fueron acertadamente confirmados por el Tribunal de Alzada, al considerar que se actuó conforme a derecho y con una correcta valoración de las pruebas, por lo que resulta errado lo afirmado, por el recurrente en cuanto a la errónea valoración de la prueba conforme el art. 253.1) del CPC
- Demandada: Empresa AGROS S.R.L
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- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- De igual manera alega que no se consideró la existencia de diferencias en los montos
- Concluyó solicitando que el Tribunal de casación case totalmente el Auto de Vista impugnado y
- Planteado el recurso de casación en el fondo, los antecedentes del proceso y las normas
- En ese sentido, por los medios de prueba producidas en el curso del proceso, la
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- Al respecto, este Tribunal, sentó criterios en cuanto a los requisitos o elementos determinantes en
- En autos, lo que definió la naturaleza jurídica de la relación de trabajo en controversia
- Por último, en cuanto a la incorrecta aplicación de la Sentencia Constitucional Nº 0351/2003-R
- Con relación a su vinculatoriedad, si bien por el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
