Notificadas las partes, la empresa demandada mediante memorial de fs
Asimismo se declaró improbada la demanda en cuanto al pago de aguinaldo en ambos casos. Con costas.
I.1.2 Recurso de apelación y Auto de Vista
Notificadas las partes, la empresa demandada mediante memorial de fs. 330 a 332 y vta. interpuso recurso de apelación, resuelto mediante el Auto de Vista Nº 056/2010 de 3 de septiembre, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la otrora Corte Superior del Distrito de Potosí, por el cual confirmó la Sentencia apelada y se impuso costas
I.1.2 Recurso de apelación y Auto de Vista
Notificadas las partes, la empresa demandada mediante memorial de fs. 330 a 332 y vta. interpuso recurso de apelación, resuelto mediante el Auto de Vista Nº 056/2010 de 3 de septiembre, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la otrora Corte Superior del Distrito de Potosí, por el cual confirmó la Sentencia apelada y se impuso costas
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Notificadas las partes, la empresa demandada mediante memorial de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo del mismo, lo siguiente
- b
- c
- d
- Revisado minuciosamente el recurso de casación, corresponde resolverlo de acuerdo a las siguientes consideraciones
- Ante ello, sobre el agravio señalado, el art
- Sobre el particular la Sala considera que la valoración de la prueba en materia laboral
- Conviene tener presente que el error de derecho en la apreciación de la prueba, doctrinalmente
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en la forma que prevén los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
