Auto Supremo AS/0138/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2015-RRC-L

Fecha: 27-Mar-2015

II.2. Del recurso de apelación restringida


Conforme consta en el considerando VI romano, de fundamentos de derecho de la Sentencia, el Tribunal Quinto de Sentencia de la entonces Corte Superior del distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció Sentencia absolutoria a favor de los imputados, sobre la base de los siguientes fundamentos: i) No se demostró que los imputados José Luis Estrada Aguilar y Juan Carlos Alfonso Oblitas Ortiz, hubiesen falsificado los poderes notariales 286/2004, 186/2004 y 687/2004 y por lo tanto sean autores de la comisión de los delitos de Falsedad Material e Ideológica, menos del ilícito de Uso de Instrumento Falsificado, debido a que no tuvieron conocimiento de la falsedad de dichos poderes como exige el art. 203 del CP;y, ii) Que, de la prueba de cargo incorporada al juicio, no se acreditó quien o quienes fueron las personas que forjaron los poderes o los que introdujeron datos falsos en dichos documentos, razones por las que en observancia del principio indubio pro reo, dispuso su absolución.
II.2. Del recurso de apelación restringida