La posición anotada es concordante con la nueva doctrina laboral desarrollada al respecto, postura que
La posición anotada es concordante con la nueva doctrina laboral desarrollada al respecto, postura que ya este Tribunal ha sentado como jurisprudencia, en sentido que la falta de cancelación de los sueldos o salarios del trabajador en el periodo señalado por el art.53 de la LGT y de la cual deriva la renuncia del trabajador, constituye causal de retiro indirecto (Véanse los Autos Supremos Nos.26 de 02/03/2012, 35 de 05/03/2012, y 215 de 27/06/2012, entre otros)
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