Auto Supremo AS/0167/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2015-RA

Fecha: 05-Mar-2015

Ahora bien, con relación a los aspectos mencionados en el memorial de casación, se tiene


Ahora bien, con relación a los aspectos mencionados en el memorial de casación, se tiene como primer agravio que el Tribunal de alzada concluyó que la denuncia sobre la falta de oportunidad para ofrecer pruebas de descargo debió haberse efectuado en su momento, en contradicción con la doctrina legal asumida en el Auto Supremo 272 de 4 de mayo de 2009; respecto del cual, el recurrente se limitó a establecer vagamente su contenido, referido a que corresponde la revisión de oficio cuando se cuestiona el ofrecimiento de pruebas, al ser ese un elemento esencial del derecho a la defensa; empero, no estableció los supuestos de hecho análogos que darían lugar a la aplicación del precedente con el caso concreto, resultando imposible su admisión por incumplimiento del mandato dispuesto en el art. 417 del CPP