Auto Supremo AS/0181/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0181/2015

Fecha: 11-Mar-2015

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2.- En el caso que se analiza, de la revisión del memorial que refiere ser “recurso de casación”, Apolinar Colque Roque se limita a describir los actuados del proceso seguido a instancias de su cónyuge y reconvenido por él, detallando tanto la prueba literal, testifical y una presunta confesión que habría por parte de la actora, para finalizar abordando el tema de asistencia familiar. De lo anterior este Tribunal no encuentra argumento alguno que pudiera dar lugar a análisis de las consideraciones expuestas, y si bien al final alude a los arts. 250 y 253 del Código de Procedimiento Civil, no existe denuncia como se dijo, de infracción de norma alguna, verificando de manera fehaciente que no se cumplió con lo determinado por el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, es decir, no se cita la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, ni especifica en que consistió la violación, falsedad o error, sino simplemente se describió los actuados del proceso, incumpliendo de esa manera con fundamentar de manera pertinente el recurso, para su consideración